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Requisitos de una factura en España (2026): qué debe incluir, Verifactu y factura electrónica

Contenido obligatorio de una factura según el Real Decreto 1619/2012, factura simplificada hasta 400 €, IVA e IRPF, fechas de Verifactu y factura electrónica B2B desde 2027.

Equipo de MakePaperwork·Actualizado ·3 min de lectura

En esta guía
  1. Contenido obligatorio de la factura completa (artículo 6, RD 1619/2012)
  2. Factura simplificada
  3. IVA e IRPF
  4. Verifactu: fechas a octubre de 2026
  5. Factura electrónica B2B
  6. Cómo crear una factura correcta
  7. Fuentes

En resumen: una factura en España debe incluir número y serie, fecha de expedición, nombre completo o razón social y NIF del emisor y del destinatario con sus domicilios, descripción de las operaciones, base imponible, tipo de IVA y cuota de IVA consignada por separado, fecha de la operación si es distinta de la de expedición y, cuando no se repercute IVA, la referencia a la exención aplicable. La factura simplificada se admite hasta 400 € (IVA incluido), o 3.000 € en algunos sectores.

Contenido obligatorio de la factura completa (artículo 6, RD 1619/2012)

DatoDetalles
Número y serieCorrelativos dentro de cada serie
Fecha de expedición
Nombre y apellidos o razón social del emisor y del destinatario
NIF del emisor y del destinatario
Domicilio de ambas partes
Descripción de las operacionesCon los datos necesarios para la base imponible
Base imponible, tipo de IVA y cuotaLa cuota de IVA consignada por separado
Fecha de la operaciónSi es distinta de la fecha de expedición
Referencia a la exenciónCite la norma cuando no se repercuta IVA
Menciones especialesPor ejemplo «inversión del sujeto pasivo» o un régimen especial

Factura simplificada

  • Hasta 400 € IVA incluido, y en las facturas rectificativas.
  • Hasta 3.000 € en algunas actividades: venta al por menor, transporte de personas, hostelería y restauración, peluquería, aparcamiento y otras del artículo 4.
  • No se admite en algunas operaciones, como las entregas intracomunitarias de bienes.

IVA e IRPF

  • Tipos de IVA: 21 % general, 10 % reducido, 4 % superreducido.
  • Los autónomos que facturan a empresas o profesionales suelen aplicar una retención de IRPF (en general el 15 %, el 7 % en los primeros años de actividad) que se resta del total.
  • La factura se expide en el momento de la operación; si el cliente es empresario, antes del día 16 del mes siguiente.

Verifactu: fechas a octubre de 2026

Verifactu fija requisitos para los programas de facturación (encadenamiento de registros, código QR en la factura, envío opcional en tiempo real a la AEAT).

  • Fechas oficiales (Real Decreto-ley 15/2025): 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto.
  • El 5 de octubre de 2026, Hacienda anunció su intención de aplazar Verifactu a octubre de 2028 para alinearlo con la factura electrónica B2B. El cambio todavía debe aprobarse, así que hasta entonces siguen vigentes las fechas de 2027.
  • País Vasco y Navarra tienen sus propios sistemas (TicketBAI y similares).

Factura electrónica B2B

El Real Decreto 238/2026 y la Orden HAC/1028/2026 (publicada el 5 de octubre de 2026) ponen en marcha la obligación: octubre de 2027 para empresas con más de 8 millones de euros de facturación y octubre de 2028 para el resto.

Cómo crear una factura correcta

Ejemplo creado con el Generador de facturas

Con nuestro generador de facturas: añada su NIF en Otros datos, el NIF del cliente en los Otros datos del cliente, elija EUR y el IVA del 21 %, 10 % o 4 % en cada línea, e indique la retención de IRPF en las notas si corresponde.

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Fuentes